viernes, 29 de agosto de 2014

actividad 11


ACTIVIDAD 11
PRIMERA PARTE
Lee la siguiente historia y responde las preguntas.
“se encontraba una familia de cinco personas pasando el día en la playa. Los niños estaban haciendo castillos de arena junto al agua cuando, a lo lejos, apareció  una anciana, con sus canosos cabellos al viento y sus vestidos sucios y harapientos, que decía algo  entre dientes mientras  recogía cosas del suelo y las introducía en una bolsa.
 Cuando ésta pasó junto a ellos, inclinándose una y otra vez para recoger cosas del suelo, dirigió una sonrisa a la familia…….”
Si tú fueras la madre o el padre de esa familia, ¿Qué habrías hecho?
R= pienso que nada,  que puede hacerles a los niños una personas mayor?
¿Qué hubieras hecho con tus hijos?
R= nada que siguieran jugando, repito que puede pasar?
¿Cómo hubieras reaccionado con la anciana?
R= si la señora esta sonriendo, lo más natural era sonreír y darle el saludo de buenas tardes.
¿Qué piensas de la anciana?
R= que es una persona mayor y piensas que aria una persona mayor recogiendo cosas en la playa?, que cosas?.
¿Qué sensación te da la anciana?
R= curiosidad.
ACTIVIDAD 11
SEGUNDA PARTE
Lee la segunda parte de la historia y responde las preguntas.
“Los padres llamaron junto a sí a los niños y les dijeron que no se acercaran a la anciana y  no le devolvieron el saludo.”
¿Qué piensas de lo que hicieron estos padres?
R= pienso que es un acto de discriminación, porque la anciana sonrió, y era señal de no soy mala persona estoy haciendo algo que puedes hacer cualquier personas.
¿Estás de acuerdo con ellos o no, por qué?
R= no, pienso que nadie tiene que ser discriminado por nada, eso incluye su vestimenta, su edad.
¿Anotaste esta misma reacción?
R= no.


martes, 26 de agosto de 2014

actividad 10

Actividad 10: Reflexión sobre la importancia  de los derechos humanos  y su relación con la promoción de la salud.

Personaje: empresaria
Necesidades: obtener mejores costos,  seguridad  en la calle, tener buen personal de trabajo, salud, vivir sin temor, pasar tiempo con la familia, tener vida social.
Reflexión grupal:
El grupo comenzó a reflexionar cuando la profesora pregunto las necesidades, y alguien dijo tener un buen trabajo y es como entre todos comenzamos a construir un concepto de trabajo donde no afectara a nadie y todos saliéramos beneficiados.
Trabajo: desgaste físico mental
Trabajo: actividad física y mental que una persona  a abarcado para brindar  un servicio o servicios  a otros que le permita percibir una ganancia.
Fuimos modificando el concepto hasta que ya no le afectaba a ningún personaje, aumentamos la mayoría de edad, el tiempo y otras palabras que favorecían por ejemplo a los niños.
De esta forma  comenzamos a formar nuestra declaración de los derechos humanos.
Así que la declaración de los derechos humanos y su relación con la promoción de la salud comenzaron así:
 “declaración de derechos humanos”

Debido a que todos los seres humanos poseen dignidad, son iguales ante la ley  gozaran de los mismos derechos, los que se dictaran a continuación:
1. toda persona tiene derecho a la no discriminación
2. toda persona tiene derecho a la creencia  religiosa que sea de su elección; toda persona tiene la obligación de respetar las creencias religiosas de los otros.
3. toda persona tiene derecho a ejercer su sexualidad de manera libre, sin ser discriminado y agredido.
Análisis del personaje: el personaje de empresario es una persona moral, donde siempre pensamos en que no tiene necesidades comunes como las demás personas, la cual es una equivocación, ya que también tiene necesidades como la salud, el trabajo y los ejes centrales como la dignidad, igualdad y libertad entre otras características. Que es una persona que es igual ante todas las demás y tiene derechos (libertades y obligaciones).
Conclusión: bueno este ejercicio sobre la simulación de una declaración de los derechos humanos y su relación con promoción de la salud a dejado mucho que pensar, de cómo es tan complejo armar artículos para los otros individuos con un grado de humanidad que no llegue a afectarles que viven circunstancias diferentes como son las económicas, entornos, edades, genero, demográficas, preferencias, entre otros. Por otro lado nos damos cuenta también que el hecho de armar artículos para la declaración siempre estamos repitiendo constantemente y que tenemos que ser muy cuidadosos en la forma de redactarlos ya que podría interpretarse de otra forma.


lunes, 18 de agosto de 2014

1-A

1. ¿Qué son las normas?
Son enunciados con una función directiva que rigen la conducta de los seres sociales. El cumplimiento no merece elogio, necesarios para la vida en común.
2. ¿Que son los derechos?
Son los intereses reconocidos de los individuos, en el caso de México la CPEUM.
4. ¿Cuál es la diferencia entre normas jurídicas, normas de la vida social y normas morales?
Las normas morales son las que rigen la conducta del individuo consigo mismo y con los demás, señalan deberes individuales que favorecen las buenas relaciones del grupo, sin embargo las normas jurídicas son reglas de conducta, sancionadas por el estado a través de sus órganos legislativos, por los procedimientos legalmente previstos , y que contienen sanción en caso de no cumplirlos.

7. ¿Qué es un gobierno soberano?
 R=  De acuerdo con el articulo 39 y 41 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, la soberanía nacional de  México reside en el pueblo y ejerce por medio de sus órganos constitucionales representativos. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión.

8. ¿Que son los poderes horizontal y vertical?
 La división de los poderes de forma vertical, es porque existe una jerarquización.
-federal
-estatal
-municipal
La división de poderes en forma horizontal es porque son con la misma incidencia de poder.
-Legislativo, ejecutivo, judicial.



actividad 9

 ACTIVIDAD 9 ( en el blog).


Contesta las siguientes preguntas a partir de los textos recomendados para la unidad I:

1. ¿Qué es la soberanía? Argumentar a partir de los textos revisados para la clase, tanto los de Oliva como la Constitución.

 R=  De acuerdo con el articulo 39 y 41 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, la soberanía nacional de  México reside en el pueblo y ejerce por medio de sus órganos constitucionales representativos. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la unión.


2. ¿Cuál es la forma de gobierno en México? Explica cada una de sus características. 
R=  de acuerdo con la CPEUM  en el artículo 40 dice que:
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

3. ¿Qué es la división de poderes?

R=  Es la ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano público distinto.


4. Elabora un esquema sobre  la división de poderes vertical existe en México.
         




5. Elabora un esquema sobre la división de poderes horizontal  que existe en México. 

     
6.¿Qué es la jerarquía de leyes?

     Es la relación de supra a subordinación entre las normas, en consecuencias existen leyes con mayor o menor grado de superioridad. En México la jerarquía de leyes se construye a partir del contenido normativo del artículo 133 que determina que la constitución es la ley suprema y los tratados internacionales tienen rango superior a las leyes ordinarias.

  7.Elabora un esquema sobre la jerarquía de leyes que existe en México




actividad 8


 Enlistar 4 ejemplos  de cada tipo de norma .en caso de las jurídicas, deberán   copiarlas de la CPEUM.



Normas morales:
   
1.  no mentir.

2.no hacer trampas.

3.ser honestos.

4.dar el asiento a los ancianos.

Normas jurídicas 1:

1.prohibida la esclavitud.
 (ver en el articulo 2)

2.El varón y la mujer son iguales ante la ley.
( ver en el articulo 4)

3.Los partidos políticos son entidades de interés público.
 ( ver articulo 41)

4.Los gobernantes de los Estados están obligados a publicar y hacer cumplirlas leyes federales.
( ver en articulo 120)

1.http://www.solon.org/Constitutions/Mexico/Spanish/constitution-mex.html

martes, 12 de agosto de 2014

actividad 7

Análisis de 4 notas periodísticas. Contesta las siguientes preguntas a partir de lo observado en las notas:
1.¿está presente el Derecho en la nota?Si, no, ¿por que?Argumenta tu respuesta.

2. ¿Qué figuras del derecho identificas? Enlístalas.

Nota: las respuestas estarán en la parte de arriba de cada noticia.


NOTICIA 1

1.¿está presente el Derecho en la nota?Si, no, ¿por que?Argumenta tu respuesta.


Si existe el derecho,  sabemos que los derechos están estipulados en la constitución que tiene las leyes primarias, que se respeten o no es diferente. Las personas con su preferencia  homosexuales podrán afiliar a su pareja sentimental  al IMSS e ISSSTE. Y vemos que en la CPEUM  nos dice en el artículo 1: que queda prohibida toda la discriminación de las preferencias sexuales y en el   artículo 4: Que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

2. ¿Qué figuras del derecho identificas? Enlístalas.


-Suprema Corte De Justicia De La Nación.
-Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos.
-Conapred.
-MSSS, ISSTE.







IMSS dará seguridad social a matrimonios gay en todo el país


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Matrimonio gay. Foto: Cuartoscuro.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció que comenzará a afiliar a parejas del mismo sexo en todo el país, en congruencia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como interpretación del artículo primero constitucional y en cumplimiento con la resolución 2/2011, emitida por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
En un comunicado, el IMSS explicó que esta determinación obedece a la interpretación realizada por la SCJN a la Ley del Seguro Social, en el sentido de que aun cuando la ley hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio pro persona, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El IMSS, la institución de seguridad social más grande del país, es la segunda en registrar estos matrimonios, luego que en 2013 el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) iniciara su inscripción de estas parejas.
El Conapred afirmó esta tarde que las nuevas políticas del IMSS y el ISSSTE “concretan con claridad el criterio legal que deben seguir todas las instituciones de seguridad social que existen en México -sean federales o estatales-, de tal manera que brinden sus servicios en condiciones de igualdad y sin discriminación.”.
noticia 2

1.¿está presente el Derecho en la nota?Si, no, ¿por que?Argumenta tu respuesta.

SI existe el derecho;  sabemos que los derechos están estipulados en la constitución que tiene las leyes primarias, que se respeten o no es diferente.De alguna manera están exigiendo que presente información múltiple de los trabajadores, donde se puede exigir un contrato laboral sin despido injustificado. Como el artículo 123 señala que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación  de empleos y organización social de trabajo, conforme a la ley.

2. ¿Qué figuras del Derecho identificas? Enlístalas.


-Servicio De Administración Tributaria.
-Resolución Miscelánea Fiscal.
-Asociaciones Religiosas.
-Declaración Informativa Múltiple.
-Vocero De La Arquidiócesis De México.
-Secretario  Ejecutivo De Relaciones Institucionales De La   Conferencia Del Episcopado Mexicano.




SAT fiscalizará digitalmente los donativos a iglesias


Foto: AP
Foto: AP

Ni las Iglesias se salvarán del Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues las asociaciones religiosas tendrán que modernizar su contabilidad e informar a partir del 1º de septiembre sobre sus ingresos
. La información será enviada de forma digital, incluyendo su registro analítico de operaciones de ingresos y egresos junto con la documentación comprobatoria correspondiente.
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, las iglesias también deberán expedir comprobantes fiscales simplificados electrónicos, como hacen el resto de los contribuyentes, a diferencia de lo que han venido haciendo hasta la fecha, pues sólo llevan contabilidad manual por si el SAT la requiere.
Según Microsip, desarrollador de soluciones tecnológicas, este nuevo comprobante fiscal puede ser una factura global diaria, semanal o mensual por todos los ingresos donde el donador no es identificable. Esto aplicaría en las ofrendas, diezmos, primicias y donativos que reciban en las celebraciones de culto público o que sean depositadas en alcancías o canastillas.
Además, a partir del 15 de febrero de 2015, las asociaciones religiosas deberán presentar su Declaración Informativa Múltiple (DIM), que incluye sueldos de sus trabajadores, así como nombre y RFC de las asociaciones religiosas y monto de los donativos.
Para Hugo Valdemar, vocero de la arquidiócesis de México, las nuevas obligaciones serán difíciles de cumplir, pues están alejadas de la realidad que viven muchas iglesias en México. “Nos parecen cambios insensibles, fuera de lugar, y pensamos que no es posible que se nos quiera dar trato como de empresas cuando las asociaciones religiosas tienen una naturaleza distinta. Volvemos al tema del recibo electrónico. Las iglesias que están en la sierra o en zonas alejadas no están en posibilidades de cumplir con eso”, dijo.
El Padre Pablo Pedrazzi, secretario ejecutivo de Relaciones Institucionales de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), indicó que para las Asociaciones Religiosas (AR) el nuevo sistema fiscal está presentando una enorme carga administrativa.
“¿Qué está reportando para las AR?, una enorme carga administrativa, sobre todo para aquellas que están en lugares de difícil acceso, que están en la sierra o en pueblos, que no tienen suficientes recursos económicos ni humanos para poder acceder a estos sistemas, entenderlos, llevarlo adelante”, comentó al respecto.
La Iglesia católica, informó, está intentando modernizar los sistemas y mediante asistencia profesional introducir los cambios necesarios de manera gradual, aunque hay otras AR, las más grandes, que ya operan con el sistema electrónico.
En el caso de la fiscalización de los donativos y limosnas, Pedrazzi corroboró que se contabilizan todas las entradas, pero que, debido al anonimato de las limosnas recibidas en canastillas o alcancías, se informa sólo del monto general de esto.
noticia 3

1.¿está presente el Derecho en la nota?Si, no, ¿por que?Argumenta tu respuesta.

Si hay derecho, sabemos que los derechos están estipulados en la constitución que tiene las leyes primarias, que se respeten o no es diferente, y en esta noticia hay violación del  derechos de los individuos. Como son principalmente el derecho a la vida, seguridad jurídica, la legalidad, y la seguridad personal de las víctimas.

2. ¿Qué figuras del derecho identificas? Enlístalas.
 -Comisión nacional de los derechos humanos.
-Procuraduría general de la republica.
-Policías.

-Naciones unidas.



CNDH acredita uso excesivo de la fuerza por agentes que mataron a una mujer en Saltillo


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía federal en un ataque en el norte del país en el que los agentes mataron a una mujer e hirieron a una niña de 3 años.
Así lo indicó el organismo este sábado 9 de agosto en un comunicado en el que también dio a conocer su recomendación a la Procuraduría General de la República (PGR)para que investigue el suceso, petición que la fiscalía ya ha aceptado.
Los hechos ocurrieron el 28 de abril de 2012 cuando un matrimonio con sus dos hijas de 3 y 4 años viajaba en coche por la ciudad de Saltillo, en el estado fronterizo de Coahuila. Dicha entidad ha sido afectada por la violencia vinculada al crimen organizado.
La CNDH indicó que dos patrullas con elementos de la policía federal siguieron al vehículo familiar, pidieron que se detuviera y le dispararon. La mujer, que iba en el asiento del copiloto, murió, y una de las niñas, la de tres años, “perdió el ojo derecho por estallido ocular debido a proyectil de arma de fuego”.
En el suceso también fue herida una persona que transitaba por el lugar.
Según el reporte de la Comisión, los policías bajaron al conductor del coche y lo golpearon hasta dejarlo inconsciente. Éste despertó ocho días después en un hospital en calidad de detenido.
Por todos estos motivos, dicho organismo considera acreditado que los policías transgredieron “los derechos a la seguridad jurídica, la legalidad, la integridad y la seguridad personal de las víctimas” y que hubo una “inadecuada procuración de la justicia” por parte de la Procuraduría General de la República.
La institución, que tardó más de dos años en pronunciarse, pide ahora a la fiscalía que investigue los hechos y al gobierno federal que se reparen los daños ocasionados y se brinde atención médica y psicológica a los sobrevivientes.
El uso excesivo de la fuerza no es algo nuevo en México, ni se limita al gobierno anterior (2006-2012), el cual lanzó una guerra frontal al crimen organizado que supuso el despliegue de miles de militares y policías federales en amplias zonas del país.
Según un informe de junio de este año del relator especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Christof Heyns, en México no se han rendido cuentas por violaciones a los derechos humanos en el pasado y “siguen produciéndose un número alarmante de violaciones del derecho a la vida” que está “gravemente amenazado”.
El relator hizo entonces especial hincapié “en poner fin a la impunidad”, un “problema serio” que constituye “el Talón de Aquiles del sistema actual” mexicano, y para ello recomendó disminuir la participación del ejército en tareas policiales y “establecer normas claras y ampliamente difundidas” sobre el uso de la fuerza por parte de elementos de seguridad.
El último caso que generó polémica en México fue la muerte a manos del ejército de 22 personas el pasado 30 de junio en una localidad del Estado de México, San Pedro Limón, en el centro del país.
Según la versión oficial, se trató de un enfrentamiento que acabó con 22 presuntos criminales abatidos, pero de acuerdo a los datos recabados por periodistas de la AP que acudieron al lugar, el suceso tenía las características de una ejecución extrajudicial, ya que los reporteros no vieron señales de balacera cruzada y sí observaron rastros que sugerían que las personas estaban de pie, apoyadas contra o muy cerca de la pared, y que recibieron uno o dos tiros certeros a la altura del pecho.
noticia 4 


1.¿está presente el Derecho en la nota?Si, no, ¿por que?Argumenta tu respuesta.

Si hay derecho, de igual forma que en la noticia 3 sabemos que los derechos están estipulados en la constitución que tiene las leyes primarias, que se respeten o no es diferente, y en esta noticia hay violación del  derechos de los individuales y ambientales como es la Ley General De Gestión De Residuos Y A La Norma 159 SERMANAT-2011.

2. ¿Qué figuras del derecho identificas? Enlístalas.

-Procuraduría Federal De Protección Al Ambiente.
-Unidad Especializada En Investigación De Delitos Contra El Ambiente Prevista En Leyes Especiales.

-Procuraduría General De La Republica.




Profepa denuncia a Minera México ante PGR por derrame en Sonora


Derrame en Sonora. Foto: Profepa.
Derrame en Sonora. Foto: Profepa.














La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) presentó denuncia penal contra Buena Vista del Cobre y/o Minera México, por su presunta responsabilidad en el derrame de casi 40 mil metros cúbicos de lixiviados de Sulfato de Cobre Acidulado.

La acción, interpuesta ante la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente Previstos en Leyes Especiales (UEIDAPLE), de la Procuraduría General de la República (PGR), imputa a las compañías la probable comisión de delitos contra el ambiente.
La Profepa explicó en un comunicado que ambos delitos están previstos y son sancionados por el Artículo 414 del Código Penal Federal, que señala hasta 9 años de prisión y 300 mil días de salarios mínimos a los responsables.
Detalló que determinó la denuncia a partir de que se tuvo a la vista el acta de inspección número 08082014-SII-I-062, tras cumplir la orden de inspección PFPA/32.2/2C.27.1/113-14, levantada el 8 de agosto por la Profepa en Sonora.
A criterio de la procuraduría ambiental, las mineras ocasionaron un derrame de 40 mil metros cúbicos de lixiviados de sulfato de cobre acidulado, detectado a las 10:00 horas del 6 de agosto.
En principio, ese material se vertió sobre un arroyo denominado Las Tinajas o Rastritas, localizado aguas abajo del represo Tinaja 1, siguiendo una trayectoria de 89 kilómetros en el municipio de Cananea.
En consecuencia, la Profepa levantó la denuncia por delitos contra el ambiente previstos y sancionados por el Código Penal Federal, a las empresas y/o quien o quienes resulten responsables, con domicilio en el municipio de Cananea.
De acuerdo con el numeral 414 del Código Penal Federal, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a 320 mil días de multa al que ilícitamente o sin las medidas de prevención o seguridad, realice actividades con sustancias consideradas peligrosas por sus características y que cause daño a los recursos naturales.
Además, la Profepa ordenó ya una visita de inspección en materia de impacto ambiental a todas las instalaciones de la empresa Buena Vista del Cobre, a fin de verificar el cumplimiento de los términos y condicionantes de su autorización en materia de impacto ambiental.
Lo anterior, sin perjuicio del procedimiento administrativo ya iniciado por violaciones a la Ley General de Gestión de Residuos y a la NOM-159-SEMARNAT-2011, que se resolvería en un plazo no mayor a 60 días hábiles y cuya multa pudiera llegar a los 50 mil salarios mínimos.
A esto se suma el juicio por Responsabilidad Ambiental que podría entablarse en el marco de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, donde la sanción económica para la empresa podría alcanzar 40 millones de pesos, con independencia de la reparación de los daños ocasionados por la emergencia ambiental.